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Trabajo e inmigración:

"El Estatuto del Trabajador/a Autónomo y El Plan de Retorno Voluntario"

Charla-Informativa, organizada por la Comisión Intercultural de Inmigración de la Red Pajarillos, que tuvo lugar el Jueves 29 de enero de 2009 en el Centro Cívico Zona Este.

Fue presentada la charla por Zay Zayed de la Asociación Avicena, integrada en la Comisión Intercultural de Inmigración de la Red Pajarillos.

La realidad de crisis que vivimos hace que debamos plantearnos la situación por la que atraviesa, respecto al trabajo, un sector de la población extramadamente débil y que puede sufrirla como pocos: la inmigración. Se ofrecen varias informaciones en este sentido. En primer lugar sobre el estatuto del trabajo autónomo. Es este un sector en el que inmigrantes y otras personas nacidas en España, piensan cuando le llega la hora del paro. La segudna informaicón hace referencia a la oferta hecha desde el Gobeirno español, de retorno voluntario a su pais. Por último una breve referencia a la normativa europea que dirigirá los posiblas cambios que se den en España.

Estatuto de trabajo autónomo (Antonio Díez )

No se le llama de trabajador autónomo porque a este se le suele considerar empresario aunque, en un gran porcentaje, no sea cierto.
Aunque el estatuto afecta a todo autónomo, con trabajo libre o dependientes (aquel que realiza un 75% de su tarea para un solo empresario), afecta en un noventa por ciento a estos últimos.

Hoy en día hay mucho "falso autónomo" que viven en realidad de un salario. Posiblemente en un juicio se le acabaría reconociendo así. En muchas ocasiones lo que ha ocurrido es que ha tenido que hacerse autónomo para lograr un trabajo. Hasta ahora este sector de población estaba sin derechos.
El 12 de julio de 2007 se aprueba este estatuto, que desarrolla aspectos como el paro, la contratación, el despido, etc. de personas autónomas (especialmente dependientes). .
Tiene esta ley aspectos positivos, pues en ella se trata de ir igualando a este tipo de trabajador o trabajadora al que lo hace por cuenta ajena.
Tiene un aspecto negativo y es que no se está aplicando. Por un lado aunque este estatuto debía haber estado desarrollada en un año, no lo está. Por otro, un alto porcentaje sigue sin el contrato que debe tener (aun menos en la construcción). Según la ley debería existir un contrato laboral y un "acuerdo de intereses" (salario, jornada, indemnización"…). No existe, en muchas ocasiones, ni siquiera contrato mercantil normalizado.

Hay que tener en cuenta que esta situación es especialmente delicada en un momento en que han cerrado 5000 empresas autónomas. Así las cosas, cuando se produce un ERE, las primeras personas despedidas son las de las ETT y las autónomas.
En estas condiciones (sin contratos) quienes pierden el trabajo se quedan sin cobrar paro, sin indemnización y sin posible reclamación.
Aun con este riesgo, hay muchos trabajadores y trabajadoras autónomas que no se atreven a pedir sus derechos porque el empresario no quiere contraer obligaciones y piensan que si lo reclaman perderán el trabajo. Un dato sirve de ejemplo. En Valladolid sólo hay vetinueve registros de empresas autónomas, de este tipo. El sector de la pequeña empresa autónoma y especialmente el llamado dependiente, es un sector laboral de una gran desprotección hoy en día.

Trabajo autónomo e inmigración en tiempos de crisis (Lorena Rojas)


En muchas ocasiones el despido de una persona inmigrante reúne, además de los problemas generales, otros como el de no cobrar el paro al no existir contrato.
La salida normal de la persona inmigrante al quedar en paro es pensar en hacerse trabajador o trabajadora autónoma. La ley de extranjería actual sí lo permite pero pide una serie de requisitos que, o bien lo dificultan, o bien hacen que se entre en una situación de la que es complicado volver (si sale, por ejemplo, un trabajo por cuenta ajena) una vez ya aceptado el cambio, aunque durante los trámites sí. Sólo cuando la persona inmigrante ya lleva cinco años de residencia puede compatibilizar ambas situaciones o cambiar con facilidad, como alguien nacido en España. Con menos tiempo es, por tanto, una decisión a meditar.


Plan de retorno en España
(Lorena Rojas)

La oferta de retorno al país de origen supone, para la persona inmigrante, el pago acumulado de lo que le correspondería por el paro (cinco mil euros máximo). Este pago, supuestamente para que esta persona pueda reinsertarse en su propio país, debe ser una decisión meditada pues supone que:
- la persona lleva un año trabajado.
- sólo se hace con países con los que hay convenio de Seguridad Social (casi todos los latinoamericanos excepto Bolivia, algunos de África como Marruecos, mientras que otros, como Argelia, no)
- la persona podría regresar después de tres años, quedándose en la situación que estaba (con renovación de un año, dos, etc). No hay en realidad normativa de vuelta establecida.
- no se asegura la nueva reagrupación familiar actualmente.
- se paga el 40% en España y el 60 % un mes después de entregar la tarjeta de residencia de la persona y su familia, en el consulado del país de origen.

 

Referencia europea y nueva ley (Lorena Rojas)

Europa se está "blindando" ante al inmigración. Está llevando a cabo una política de cierre de fronteras. Ahora mismo una expulsión de un país por falta de papeles supone expediente e imposibilidad de entrar en cualquier país de la UE.
Una persona inmigrante sorprendida sin documentación suficiente (por ejemplo pasaporte de turista caducado) tiene un itinerario que le puede llevar a una situación muy complicada: comisaría, campo de internamiento y expulsión, sin dinero, en un vuelo a un país que tenga convenio(según los convenios firmados cualquier pais acepta a cualquiera), que puede no ser el suyo, ni tener su idioma o, incluso, estar en conflicto con él.
Según la normativa europea el internamiento puede ser de seis meses a año y medio (en España es ahora de 48 horas).
Todo esto puede verse reflejado en mayor o menor medida (según el proceso político que se acabe dando) en la nueva ley de extranjería en España fruto de aquella normativa europea.

Hay que reflexionar sobre la realidad de las personas inmigrantes en una situación de crisis como la que vivimos. En época de bonanza se les utilizó, pero ¿ahora?. Lo peor de la situación no es que un país se defienda de los problemas que tiene, sino que en la forma de hacerlo se violen los derechos fundamentales de las personas, incluidos, como ha ocurrido hasta ahora, el de no tener derecho a manifestarse o hacer huelga.

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Ponentes:

Lorena Rojas

CITE-Valladolid (Centro de Información para Trabajadores Extranjeros de Comisiones Obreras Castilla y León).

Antonio Díez

Delegado Regional de TRADEcyl CC.OO.(Asociación de Trabajadores Autónomos Dependientes de Castilla y León de Comisiones Obreras).

 

 

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